Ley Número 9.292. Modifica la ley “General sobre inscripciones electorales” (1949)
La reforma electoral de 1934 otorgó a las mujeres chilenas el derecho a sufragio y a ser candidatas en las elecciones municipales. Durante la década siguiente, se consolidó una cultura democrática y una base de votantes permanentes entre las mujeres chilenas, mientras que las organizaciones feministas y los partidos políticos realizaron campañas para aumentar su participación y el levantamiento de candidatas (Sanhueza, Camila. "La municipalidad y la casa: roles de género en el debate sobre el sufragio femenino y los gobiernos locales en Chile (1910-1935)". Historia y problemas del siglo XX. Año 11, volumen 13, 2020, p. 40-41).
Una de las principales organizaciones en promover el sufragio para las mujeres -municipal, parlamentario y presidencial- fue el Movimiento Pro Emancipación de las Mujeres de Chile (MEMCh), fundado en 1935. Este movimiento, por medio de sus dirigentes Elena Caffarena (1903-2003) y Flor Heredia, elaboró un proyecto de ley sobre sufragio universal, por encargo del presidente Pedro Aguirre Cerda (1879-1941) en 1941.
Del mismo modo, la Federación Chilena de Instituciones Femeninas (FECHIF) presentó en 1945 otro proyecto de ley. La FECHIF, surgida en 1944, congregaba "cerca de 200 organizaciones femeninas de diversos orígenes políticos y sociales" y era liderada por Amanda Labarca Hubertson (1886-1975) (López, Miguel y Gamboa, Ricardo. "Sufragio femenino en Chile: origen, brecha de género y estabilidad, 1935-2009". Revista de Estudios Sociales. Número 53, julio de 2015, p. 130-132).
A diferencia de la obtención del sufragio municipal, en que destacó el Partido Conservador como su principal impulsor en el Congreso, luego del triunfo electoral del Frente Popular, fueron los partidos Radical, Comunista y Socialista "los más fuertes defensores del sufragio femenino" por la necesidad de ampliar sus bases electorales (Errázuriz, Javiera. "Discursos en torno al sufragio femenino en Chile. 1865-1949". Historia. Volumen II, número 38, Santiago, julio-diciembre 2005, p. 282).
Aunque durante los gobiernos de Pedro Aguirre Cerda y Juan Antonio Ríos (1888-1946) las discusiones sobre el proyecto se estancaron, para el gobierno de Gabriel González Videla (1898-1980) se hizo necesario potenciar el sufragio universal de las mujeres luego de la firma de compromisos internacionales en la VIII Conferencia Panamericana de Lima, realizada en 1938.
Este nuevo énfasis del Gobierno de González Videla buscaba ampliar la participación democrática para fortalecer el sistema electoral chileno y, también, legitimarse debido a las críticas y polémicas generadas por la promulgación de la Ley de Defensa Permanente de la Democracia, que afectó al sistema democrático chileno y proscribió al Partido Comunista y otros movimientos de izquierda, luego de terminada la Segunda Guerra Mundial y el inicio de la denominada "Guerra Fría" (Errázuriz, 282-283).
De esa manera, tras las discusiones parlamentarias, el 8 de enero de 1949 se promulgó la Ley N° 9.292, publicada en el Diario Oficial el 14 de enero de 1949, que introdujo reformas a las leyes electorales y de registros electorales de años anteriores (1929, 1931, 1934, 1944 y 1948).
El artículo 9 de la Ley N° 9.292 determinó la división de los registros electorales para las elecciones presidenciales entre "'Registro Electoral de Varones' y 'Registro Electoral de Mujeres', y estos Registros, complementados con el 'Registro Municipal de Extranjeros', servirán para las elecciones de Municipales" (Chile. Ley Número 9.292. Modifica la Ley General sobre Inscripciones Electorales en su texto refundido en la forma que señala. Santiago: 8 de enero de 1949, p. 2).
En el caso de las nuevas inscripciones, la Ley N° 9.341, que fijó el texto definitivo de la Ley General de Inscripciones Electorales y Municipales y que incluía la reforma impuesta por la Ley N° 9.292, señaló en su Título III, artículo 24 que estaban obligados a inscribirse los "chilenos" -refiriéndose tanto a hombres como mujeres- mayores de 21 años, que supieran leer y escribir (Chile. Ley Número 9.341. Fija el texto definitivo de la Ley General sobre Inscripciones Electorales y Municipales, publicada en el "Diario Oficial", de 15 de septiembre de 1949. Santiago: Talleres Gráficos "La Nación", 1949, p. 11).
Respecto de personas extranjeras residentes en Chile, el artículo 27 de la Ley 9.341 estipuló que tienen "derecho a inscribirse en el Registro Municipal: los extranjeros, varones y mujeres, mayores de 21 años, que acrediten tener más de cinco años consecutivos de residencia en el país, que sepan leer y escribir y están domiciliados en la comuna, subdelegación o circunscripción del Registro Civil correspondiente a los registros en que se inscriban" (Chile, Ley Número 9.341, p. 13).
La promulgación de la ley fue celebrada con "un acto solemne que contó con la participación de Gabriel Gonzalez Videla, Rosa Markmann, ministros de Estado, el presidente del Senado, parlamentarios, dirigentes de la FECHIF y gran cantidad de público que repletó el recinto" (Gaviola Artigas, Edda. Queremos votar en las próximas elecciones: historia del movimiento femenino chileno 1913-1952. Santiago: Centro de Análisis y Difusión de la Condición de la Mujer, 1986, p. 77).
La ceremonia y los discursos pronunciados por las dirigentes feministas fueron retratados por la revista Eva en su número 200 del 14 de enero de 1949. A partir de lo establecido en estas leyes, las mujeres chilenas pudieron, por primera vez, ejercer su derecho a sufragio en las elecciones parlamentarias de marzo de 1949, tener representación en el Congreso con la diputada radical Inés Enríquez Frödden (1913-1998) -electa en la elección complementaria de 1951- y participar en las presidenciales de 1952, en las que fue electo Carlos Ibáñez del Campo (1877-1960) como presidente de la república.
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