Ley Nº 17.450
![MC0002062 MC0002062](articles-96318_recurso_img1.thumb.jpg)
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Ley Nº 17.450, esta enmienda modificó el artículo 10, Nº 10 de la Constitución para expresar que "cuando el interés de la comunidad nacional lo exija, la ley podrá nacionalizar o reservar al Estado el dominio exclusivo de recursos naturales, bienes de producción u otros bienes que declare de importancia preeminente para la vida económica, social o cultural del país". Se agregaba que "el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales".