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Modificaciones

La primera modificación de las regulaciones referidas al Premio Nacional de Periodismo, del 30 de junio de 1964, se refiere a la creación de una nueva categoría, la de dibujo periodístico. Los cambios introducidos por la Junta Militar en octubre de 1974 mediante el DFL Nº 681 establecían que éste sería "único y selectivo" en las cuatro menciones, proponiendo la alternancia en las menciones, sin que ello implicara una obligación para el jurado. Posteriormente, en 1978, se realizaron algunas modificaciones (Decreto Ley Nº 2.369), donde se estableció que el monto del premio ascendía a 370.500 pesos; la pensión vitalicia quedó fijada en 15.900 pesos y ambos montos irían variando según el I.P.C.

El 22 de agosto de 1986, en tanto, la Junta Militar aprobó una nueva legislación frente a los Premios Nacionales. Respecto al de Periodismo, se elimina el concepto de "mención" y se incorpora el de "periodismo audiovisual". Dos años después, se refunde, coordina y sistematiza las normas que rigen los Premio Nacionales. Se establecen los plazos de postulación y deliberaciones de jurado y se reajustan los montos asignados.

Finalmente, durante el gobierno de Patricio Aylwin, y cuando Ricardo Lagos se desempeñaba como Ministro de Educación, se establece la ley Nº 19.169 de 26 de septiembre de 1992, se elimina la obligatoriedad de emitir un informe de mérito, estableciendo que cualquier persona natural puede optar al premio, indistintamente de que cualquier institución pudiese postular su nombre como propio.