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Ley interpretativa de libertad de cultos (1865)

Esta ley permitió a los que no profesaban la religión católica el culto de sus creencias dentro de recintos, capillas o edificios de propiedad particular. También se estableció que los disidentes podían fundar y sostener escuelas privadas para la enseñanza de sus propios hijos en la doctrina de sus religiones. En Chile, ambas prácticas se realizaban, por lo que la ley sólo legalizó una realidad.