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Violencia conyugal

Los deberes entre los esposos no siempre se cumplían al pie de la letra. En la Colonia era bastante comunes los casos de divorcios y nulidades por abandono, sevicia, adulterio, o viajes.

La violencia física era uno de los argumentos más comunes para solicitar la intervención judicial. La aspereza en el trato, "el insufrible proceder", o la "demasiada sevicia", como señalaban algunas mujeres forman parte de un lamentable repertorio de sufrimiento, no exento de lo que hoy llamamos violencia sicológica expresada en insultos. Las señales físicas del maltrato eran lamentablemente, la evidencia más fidedigna de la violencia.

Existen casos de maltrato de mujeres hacia hombres, mayoritariamente entre indios y negros por golpes, robos o celos exagerados, y en menor cantidad, entre españoles, más recelosos por cuestiones de honra y exposición pública. El abandono y el adulterio femenino tampoco eran desconocidos.

No obstante, la violencia se ejercía más sobre las mujeres, incluso se recomendaba como parte de la corrección fraterna, que era parte de las obligaciones del esposo y el padre. La mujer era considerada una menor legal ante la ley, es decir un infante, cuestión que justificaba ciertos correctivos. Cuando la violencia y el maltrato físico era excesivo, era llamada sevicia, y en esos casos se podía apelar al divorcio. Es claro que los niños estaban en igual situación de vulnerabilidad.

En los casos de nulidades, hombres y mujeres apelaban a iguales argumentos, entre ellos: casamiento forzoso por parte de los padres, engaños de alguna de las partes incluyendo el embarazo y el rapto, o matrimonio forzado por acción de la justicia en el caso de amancebamiento.