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Criminalización de la homosexualidad

En 1875 comenzó a regir el Código Penal chileno, un cuerpo normativo que regula los delitos y sus castigos. En el artículo 365, la sodomía fue tipificada como delito señalando que "el que se hiciere reo del delito de sodomía sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio" (Código Penal de la República de Chile. Tomo II. Santiago: Impr. Barcelona, 1899, p. 103). Es decir, quienes fueran acusados de sodomía podían ser encarcelados hasta por tres años.

En la práctica esto significó que los hombres homosexuales fueron considerados criminales. En relación a la sodomía femenina, en 1916 el estudiante de derecho Armando Moraga Droguett afirmó, en su tesis de grado, que los redactores del Código Penal probablemente no habían considerado que este delito fuese cometido por mujeres, y que existía mayor interés en eliminar la homosexualidad masculina que la femenina (Consideraciones sociales y médico-legales sobre la degeneración del instinto genésico. Impr. y Litogr. La Ilustración, Santiago, 1916).

Para establecer si una persona había cometido sodomía, esta debía ser examinada por un médico. Los médicos definieron los rasgos físicos que permitían identificar a los sodomitas, por lo que la medicina legal jugó un papel fundamental en la criminalización de la homosexualidad. Este aspecto fue reconocido por quienes estudiaron el tema desde un punto de vista legal, tales como el estudiante de derecho Guillermo Miquel Gibbs. En 1916, Miquel señaló en su tesis de grado que la "inversión sexual" debía ser considerada como impedimento legal para el matrimonio. Para "comprobar la inversión", Miquel sostuvo que se podía acudir a los médicos, quienes podían reconocer "con relativa facilidad, estos tipos de mentalidad anormal" (Profilaxia del matrimonio: tres impedimentos legales. Chillán: Imprenta de la Librería "Alsina", 1916, p. 56).

Un caso concreto de detención de homosexuales ocurrió en Valparaíso. En mayo de 1927, la prensa relató que "la policía echó al guante la semana pasada a un grupo de invertidos que se dedicaba a sus vergonzosas actividades" ("Un grupo de degenerados sorprendidos en Valparaíso. Sucesos, n°1284, p. 10). El artículo incluyó fotografías de los detenidos, algunos de los cuales estaban vestidos de mujer. Uno de los aspectos que destacó la revista fue la vestimenta, maquillaje y nombres de mujer que utilizaban estos hombres. En relación a las medidas que el poder judicial tomó con estas personas, Sucesos relató que el caso fue investigado por el Juzgado del Crimen y que los detenidos ingresarían al servicio militar "a fin de que en esas escuelas de hombría y civismo se regeneren" ("Un grupo…", p. 10).

En 1999, tras un largo debate y negociaciones con actores como el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), la sodomía dejó de ser considerada delito en Chile. Según el periodista Oscar Contardo, el artículo del Código Penal que condenó la sodomía "rara vez era aplicado para castigar las relaciones consentidas entre adultos. Funcionaba más bien como un símbolo de que la cercanía entre persona del mismo sexo -varones en este caso- tenía un límite, y que ir más allá era entrar en el terreno de lo criminal" (Raro. Una historia gay de Chile. Santiago: Planeta, 2011 p. 38).